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Category: Área Civil

Qué hacer en caso de que un familiar pierda sus facultades mentales. Procedimiento de Incapacitación

martes, 18 septiembre 2018 por admin_mallerabogados
abogados incapacitación malaga

Una de las preocupaciones más frecuentes respecto de nuestros familiares, que bien por razón de edad o cualquier enfermedad han perdido sus facultades mentales, es la vulnerabilidad que tienen los mismos a ser engañados por otras personas con el fin de sacar un lucro económico.

Este riesgo se ve incrementado en muchas ocasiones cuando éstos familiares pasan bastante tiempo fuera de la vigilancia de sus parientes más allegados como por ejemplo en su estancia en
una residencia de ancianos, hospital, etc.

 

En multitud de ocasiones hemos escuchado de algún conocido que engañado por otro le hicieron firmar unas escrituras o un testamento y que ni siquiera sabía lo que estaba haciendo. Además, en la mayoría de las ocasiones, este hecho se conoce cuando la persona fallece sin que nada puedan hacer sus herederos. La pregunta que todo el mundo se hace cuando ha tenido la desgracia de que un familiar suyo ha entrado en tal estado mental es: ¿Es posible evitar estos riesgos?, ¿Qué se debe hacer en tal caso?

Pues bien, de forma resumida y concisa, desde el bufete Maller abogados, explicaremos el procedimiento judicial existente para este tipo de situaciones con el fin de salvaguardar el patrimonio de estas personas ante tan vulnerable situación.

Se trata de un procedimiento judicial contemplado en la actual legislación con el fin de velar por la persona y patrimonio del presunto incapaz.

Para que una persona sea declarada incapaz es necesario que se haga mediante sentencia judicial en virtud de las causas establecidas por la Ley. Para ello, el Juez oirá a los parientes más próximos del presunto incapaz, examinará a éste por si mismo, oirá el dictamen de un facultativo y, sin perjuicio de las pruebas practicadas a instancia del solicitante, podrá decretar de oficio cuantas pruebas estime convenientes.

La sentencia que declare la incapacitación determinará la extensión y los limites de ésta, así como el régimen de tutela o guardia a que haya de quedar sometido el incapacitado.

 

Causas de Incapacitación.

En virtud del artículo 200 del Código civil son causas de incapacitación las enfermedades o deficiencias de carácter físico o psíquico que impiden a la persona gobernarse por sí misma.

 

¿Quien debe iniciar los trámites?

Corresponde promover la declaración al cónyuge o descendiente y, en defecto de éstos, a los ascendientes o hermanos del presunto incapaz.

 

Diferencia entre la tutela y la curatela

Cuando una persona tiene limitadas sus facultades de capacidad para regirse en el desarrollo de su actividad cotidiana, debe ser sometido a a un régimen de tutela o curatela, dependiendo de las limitaciones de sus capacidades.

La Tutela está reservada para la incapacitación total y la curatela se concibe en términos más flexibles y está pensada para incapacitaciones parciales. A modo de ejemplo podríamos decir que si una persona tiene demencia senil y está totalmente imposibilitada para realizar cualquier acto deberá estar sometida a Tutela, mientras que una persona que padezca esquizofrenia paranoide que le lleva a dilapidar sus bienes deberá estar sometida a curatela.

José Francisco Matas Llerena. Abogado del Departamento de Derecho Civil de Maller Abogados.

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